Valor permitido en efectivo en compraventa inmobiliaria en 2025

Written by María Manjarrez

marzo 7, 2024

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita establece en ciertos actos u operaciones la restricción de liquidar o pagar, así como de aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos.

Cada año se actualizan los valores. Para 2025, el límite para pago en efectivo en compra-venta de propiedades inmobiliarias es de $907,948.50 MXN (equivalente a 8,025 UMA), el más alto de todos los de la lista.

Los umbrales de restricción de uso de efectivo y metales son los siguientes:

ActividadLímite en UMA*Monto límite en MN**
Compraventa de inmuebles8,025$907,948.50
Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres3,210$363,179.40
Compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte3,210$363,179.40
Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega a pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos3,210$363,179.40
Servicios de blindaje3,210$363,179.40
Compra venta de acciones o partes sociales3,210$363,179.40
Arrendamiento de inmuebles y vehículos3,210$363,179.40
Fuente: https://sppld.sat.gob.mx/

Esto quiere decir que si el precio de adquisición es mayor, el comprador deberá pagar la diferencia por medios bancarizados como Cheque (personal, certificado o de caja) o Transferencia Electrónica (SPEI, CoDi, etc.). No importa si es casa, departamento, terreno, local comercial, bodega o cualquier otro tipo de inmueble.

Lo que no quiere decir, es que el SAT no va a preguntar de dónde salió ese efectivo. Aunque compres dentro de este límite, Hacienda puede requerir que compruebes el origen de ese dinero y todas las demás leyes siguen aplicando. Consulta a tu Notario Público para más detalles.

* Conforme al artículo tercero transitorio del Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo (DOF 27/enero/2016), todas las menciones al salario mínimo como base, medida o referencia para determinar la cuantía de obligaciones y supuestos previstos en leyes federales, se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

** En términos del decreto emitido por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2025, el valor diario de la UMA para 2025 es de $113.14 pesos mexicanos a partir del 01 de febrero del 2025

Referencias:


https://www.bond.properties/limite-efectivo-compra-venta-inmueble/

https://www.inegi.org.mx/temas/uma/#herramientas



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